Las reformas a la Ley de Protección y Bienestar Animal del estado de Nuevo León entran en vigor hoy, tras casi dos meses de espera. Dichas modificaciones limitan significativamente la venta de mascotas «convencionales».
Los cambios a la ley prohíben la venta de animales que no procedan de la Secretaría de Medio Ambiente, de algún Centro de Control Canino y Felino, albergue temporal de asociación civil o de rescatistas independientes. El objetivo de la reforma es combatir la venta de perros y gatos que provengan de criaderos y cuyos fines sean lucrativos.
Según la nueva normativa, todos los animales que sean vendidos deberán ser entregados con un certificado de salud y una guía informativa en la que se indique su procedencia y se certifique su esterilización.
A partir de hoy, quienes vendan mascotas tendrán un plazo de hasta 70 días naturales para vender a aquellos animales que no cumplan con los nuevos requisitos de procedencia. Al finalizar este periodo, la Secretaría de Medio Ambiente llevará a cabo inspecciones de vigilancia para asegurar la implementación correcta de la ley.
Las principales restricciones de la nueva ley incluyen la prohibición de venta de mascotas procedentes de criaderos y de animales menores de cuatro meses. En cambio, lo permitido bajo la nueva regulación incluye la venta de animales provenientes de centros o albergues autorizados, siempre y cuando las mascotas estén vacunadas y esterilizadas.
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